dijous, 21 d’octubre del 2010

Sobre la aplicación del derecho administrativo a las relaciones de pareja

Esa peazo pareja que va y le dice a su amig@: antes de quedar con tus amiguetes tendrías que "consultármelo".
En el fondo, la persona en cuestión está intentando establecer un régimen de autorización. En un estado democrático, esa solución se arbitra para el ejercicio de actividades que no están ligadas al ejercicio de un derecho reconocido. Esto es, se trata de una actividad prohibida a priori pero que por ley puede ser autorizada, para ello el particular deberá obtener una autorización de la administración competente.
En definitiva, te está diciendo: "no tienes derecho a quedar con tus amistades, pero en determinados casos, te dejaré".
El ejemplo clásico es el de la venta ambulante. Como la calle es de todos de forma indivisible, el vendedor ambulante se está apropiando de un bien público para su beneficio privado. Al no reconocérsele el derecho de ocupar el dominio público, se le somete a un régimen de autorización mediante el cual, la administración puede acceder o no a las peticiones particulares.

Si tu pareja dice "podrás salir en determinadas condiciones" y las tasa (por ejemplo, cuando yo quede con mis amistades o familia, o esté trabajando, etcétera), estará estableciendo un régimen de licencia.
Aviso: La discusión doctrinal acerca de la corrección de los conceptos autorización-licencia en un estado democrático es una odisea de artículos, libros y sentencias que no conviene ahora pormenorizar.
El ejemplo sería el de la terraza de un bar. El establecimiento puede solicitarlo en determinadas condiciones (según las características del establecimiento, la longitud de la acera, etcétera).
Si la pareja dice: "haz lo que quieras, pero avísame". Esta situación, de la que se conocen muy pocos precedentes es la más propia a un régimen de libertad con pocos matices (entiéndase, toda libertad tiene sus límites ligados a la responsabilidad frente a terceros, esto es, algunos límites forman parte del mismo contenido del derecho de libertad).
Sólamente en aquellos casos en los que existe un derecho reconocido (y hasta cierto punto, incondicionado en sus formas de ejercicio, dentro de la legalidad), el régimen es el de la comunicación. En estos casos, el particular sólo tiene que trasladar la intención de ejercer el derecho y la administración tiene que permitir al particular en el ejercicio de su derecho, que el ciudadano puede ejercer sin esperar ninguna declaración de la Administración. Este es un régimen de comunicación. El caso paradigmático es el del ejercicio del derecho de reunión (las manifestaciones). La administración no puede condicionar el derecho de los ciudadanos salvo peligro de desórdenes graves del orden público (concepto harto difícil de manejar, aunque en realidad se habla de peligro para la vida de las personas, estragos, etc..., en general, debería hacerse referencia a la posibilidad de la comisión de delitos, pero la doctrina no está clara al respecto).

No lo olviden amigos, muchos regímenes pretendidamente democráticos (tampoco hay que olvidarse de que la democracia no es la panacea) actúan de una forma bastante torcidera, y someten actividades a regímenes suaves como el de comunicación pero acaban operando como regímenes de autorización. Como en el caso de la manifestación, en los que las administraciones imponen condiciones que pretenden salvaguardar el orden público pero que van dirigidas a impedir o entorpecer el ejercicio del derecho.
O como en el caso de las parejas, puesto que aunque algunas veces dicen respetar tu libertad, establecen un régimen de comunicación que acaba pareciendo un interrogatorio inquisitorial: "ah, vale, claro que puedes, ¿a dónde vas? ¿con quién? ¿y qué vais a hacer? ¿ya te sabrás controlar? Cuidadito con lo que haces que yo tengo espías por todos lados y visión supersónica.

En estos casos, lo más aconsejable es hacer una interpretación particular del contenido de nuestros derechos porque, de otra manera, la vida no sería vida. Eso sí, no despiertes a tu pareja en plena borrachera para declararle tu amor...

dijous, 14 d’octubre del 2010

Ja ningú no recorda...

Ja ningú no recorda que fa només dos anys la policia agredia periodistes i nens pel carrer, ja ningú no recorda que fa només tres anys es començaven a viure sensacions de dictadura quan la policia usava armes antirreglamentàries, ja ningú no recorda quantes vegades s'han reprimit manifestacions i moviments amb excuses fabricades, amb infiltrats que, disfressats de manifestants, calaven foc arreu.
Però és clar, ja ningú no recorda, ningú no fa l'exercici de recordar el que ha passat dues setmanes abans. Els pensaments són fugaços, les experiències són efímeres, les realitats són esclafades pels espectacles, la corrupció sembla passatgera, els greuges són petits i deslocalitzats.
És clar, ja ningú no recorda res, i no imbrica les experiències concretes en preguntes més generals, en els problemes socials, més comuns al llarg de la història. Ja ningú no recorda que abans del maig del 68 l'ordre social era estàtic i defensat amb armes i traumes. Ja ningú no recorda que molts filòsofs i pensadors van ser cremats a la foguera, ja ningú no recorda que les 8 hores van costar molta sang, ja ningú no recorda que res no es guanya sense jugar, que els drets i les llibertats s'han hagut de conquerir.
Ja ningú no recorda què va passar ahir, ja ningú no recorda què va passar abans d'ahir, ja ningú no recorda que el seu benestar està fent de turments personals i col·lectius... ja ningú no recorda que el seu turment personal estarà fet de la seva desídia perquè ja ningú no recorda.